Cómo presentar alegaciones a una multa de tráfico

Presentar alegaciones a una multa de tráfico es el primer paso del procedimiento sancionador y, a menudo, el más decisivo. Una alegación bien fundamentada puede lograr el sobreseimiento del expediente sin necesidad de llegar a la vía judicial. En esta guía te explicamos cómo presentar alegaciones a una multa de tráfico de manera eficaz, qué argumentos son válidos y cómo estructurar el escrito.
¿Qué son las alegaciones y para qué sirven?
Las alegaciones son las manifestaciones que el denunciado presenta ante el órgano instructor del expediente sancionador para exponer su versión de los hechos, aportar pruebas y argumentar por qué la sanción no debería prosperar. No son un recurso en sentido técnico (el recurso viene después, si la resolución te es desfavorable), sino la fase previa en la que tienes la oportunidad de influir en la instrucción del expediente antes de que se dicte resolución.
La base legal está en el artículo 89 del RDL 6/2015 (Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial) y en los artículos 76 y siguientes de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común, que regulan el trámite de audiencia en el procedimiento sancionador.
Plazo para presentar alegaciones
El plazo para presentar alegaciones es de 20 días naturales desde la notificación de la denuncia o del inicio del expediente sancionador. Este plazo es improrrogable en la mayoría de los casos, aunque la Ley 39/2015 permite solicitar ampliación en circunstancias excepcionales si se justifica.

Importante: el plazo comienza a correr desde el día siguiente a la notificación, no desde el día en que recibes la carta. Si la notificación se practica por edictos en el Tablón de Edictos Electrónicos (TEU), el plazo comienza desde la publicación.
¿Cuándo merece la pena presentar alegaciones?
Presentar alegaciones sin un motivo fundado puede ser contraproducente si da lugar a que la Administración refuerce su expediente. Conviene alegarsi concurre alguna de estas situaciones:
- Existen errores formales en la denuncia (fecha, hora, lugar, matrícula).
- La señalización era inexistente, incorrecta o ilegible.
- El dispositivo de control (radar, alcoholímetro) no tenía certificado de verificación vigente.
- No eras tú quien conducía el vehículo en el momento de la infracción.
- La infracción está prescrita.
- Existen circunstancias eximentes o atenuantes (estado de necesidad, emergencia médica documentada).
- La notificación de la denuncia tiene defectos formales relevantes.
Estructura del escrito de alegaciones
Encabezado
El escrito debe dirigirse al órgano instructor del expediente. Indica:
- Nombre y apellidos del interesado, DNI/NIE.
- Domicilio a efectos de notificaciones.
- Número de expediente sancionador o referencia de la denuncia.
- Organismo al que se dirige (Jefatura Provincial de Tráfico, Ayuntamiento, etc.).
Antecedentes y hechos
Describe brevemente la denuncia recibida: fecha, lugar, infracción imputada. A continuación, expón tu versión de los hechos de forma clara y ordenada, sin ambigüedades.
Fundamentos de derecho
Aquí radica la fuerza del escrito. Cita los artículos concretos que amparan tu posición. Por ejemplo:
- Artículo 89 del RDL 6/2015: derecho a formular alegaciones.
- Artículo 53 de la Ley 39/2015: derecho de acceso al expediente.
- Artículos 25 y 63 de la Constitución Española: principio de legalidad y presunción de inocencia.
- Artículo 9 de la Ley 39/2015: requisitos de notificación.
- Normativa técnica específica del dispositivo de control si es relevante.
Pretensión
Solicita expresamente el sobreseimiento y archivo del expediente, o la reducción de la sanción si procede. Sé concreto: no pidas «lo que proceda en derecho» sin más; especifica qué quieres.
Documentación adjunta
Lista todos los documentos que acompañas al escrito numerándolos como Anexos.
Qué argumentos suelen funcionar mejor
La experiencia en impugnaciones de multas de tráfico muestra que algunos argumentos tienen mayor tasa de éxito que otros:
- Defecto en la notificación: si no se practicó conforme a la ley, todo el procedimiento posterior puede estar viciado.
- Prescripción: las infracciones leves prescriben a los 3 meses, las graves a los 6 y las muy graves al año (artículo 82 RDL 6/2015).
- Falta de calibración del cinemómetro: si el radar no tenía certificado vigente, la prueba de cargo es inválida.
- Margen de error del radar: ±5 km/h hasta 100 km/h y ±7% por encima, según normativa de metrología.
- Error material en la denuncia: matrícula incorrecta, color del vehículo erróneo, día de la semana equivocado.
- Señalización deficiente: especialmente relevante en multas de estacionamiento, ZBE y limitaciones de velocidad no homologadas.
Cómo y dónde presentar las alegaciones
Las alegaciones se pueden presentar por varios canales, todos con plena validez legal:

- Sede electrónica: de la DGT (sede.dgt.gob.es) o del ayuntamiento correspondiente, con certificado digital o Cl@ve.
- Registro presencial: en la Jefatura Provincial de Tráfico, el Ayuntamiento o cualquier registro oficial de la Administración General del Estado (artículo 16 de la Ley 39/2015).
- Correo postal certificado: con acuse de recibo. La fecha del matasellos es la que cuenta.
Si presentas el escrito presencialmente, solicita siempre el sello de entrada con fecha en tu copia. Si lo haces electrónicamente, guarda el justificante de registro con sello de tiempo.
Errores que debes evitar al presentar alegaciones
- Presentarlas fuera de plazo: la Administración puede no admitirlas.
- No identificar correctamente el expediente: puede que no se incorporen al mismo.
- Argumentos genéricos sin respaldo normativo ni documental.
- Contradicirse con los hechos probados por la Administración sin aportar prueba en contrario.
- Olvidar firmar el escrito o no aportar los anexos mencionados.
- No guardar copia de todo lo presentado.
Después de las alegaciones: qué puede pasar
Una vez presentadas las alegaciones, el órgano instructor tiene un plazo para resolver. Si las estima, el expediente se sobresee y la multa se anula. Si las desestima, dicta resolución sancionadora. Frente a esta resolución tienes las siguientes opciones:
- Recurso de reposición: ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de 1 mes.
- Recurso de alzada: si existe órgano superior jerárquico, en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo: ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de 2 meses desde la firmeza de la resolución administrativa.
Solicitar acceso al expediente: un paso previo clave
Antes de redactar tus alegaciones, ejercita tu derecho de acceso al expediente (artículo 53 de la Ley 39/2015). Solicitar una copia completa te permitirá identificar defectos que de otro modo pasarías por alto: ¿consta el certificado del radar? ¿Está firmada la denuncia por el agente? ¿Se adjuntan las fotografías? ¿La resolución de inicio lleva fecha correcta? Esta diligencia inicial puede marcar la diferencia entre una alegación vacía y una que prospera.

Preguntas frecuentes sobre alegaciones a multas de tráfico
¿Presentar alegaciones paraliza el pago de la multa?
No automáticamente. La presentación de alegaciones no suspende el plazo para pagar con descuento, aunque mientras el expediente está en instrucción la multa no es exigible. Si quieres evitar la firmeza de la sanción, debes recurrir expresamente o esperar a que se resuelvan las alegaciones antes de cualquier pago.
¿Puedo presentar alegaciones si ya identifiqué al conductor real?
Sí, y de hecho deberías hacerlo en el mismo escrito de identificación del conductor. Si el vehículo lo conducía otra persona, la sanción debe dirigirse contra ella, y el expediente contra el titular debe archivarse. Aporta datos del conductor real y, si es posible, una declaración firmada.
¿Las alegaciones sirven también para las multas de la Guardia Civil de Tráfico?
Sí. Las denuncias de la Guardia Civil de Tráfico se tramitan a través de las Jefaturas Provinciales de la DGT. El procedimiento de alegaciones es el mismo que para cualquier sanción de la DGT, con los mismos plazos y canales de presentación.
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