Denuncia y multa de tráfico: ¿es lo mismo? Diferencias claras

Mucha gente usa "denuncia" y "multa" como sinónimos, pero en el procedimiento sancionador de tráfico son fases distintas, y saber en cuál estás cambia lo que puedes hacer.
La denuncia: el primer paso
La denuncia (o boletín de denuncia) es el documento inicial en el que un agente, un radar o una cámara hace constar los hechos: la infracción, el vehículo, la fecha y la norma incumplida. En este punto todavía no hay sanción firme, solo una notificación de que se ha detectado una posible infracción.
La incoación del expediente
Tras la denuncia, la Administración incoa un expediente sancionador. En esta fase tienes derecho a presentar alegaciones (normalmente 20 días) para explicar tu versión, aportar pruebas o señalar defectos.
La multa (resolución sancionadora)
Si tras valorar las alegaciones (o si no las presentas) la Administración confirma la infracción, dicta una resolución sancionadora: es lo que coloquialmente llamamos "la multa", con el importe y los puntos a descontar. Contra esta resolución cabe recurso de reposición.
Por qué importa la diferencia
Si actúas en la fase de denuncia/alegaciones, es más fácil y barato defenderte que esperar a la resolución firme y tener que ir a un recurso de reposición o incluso a la vía contenciosa. Cuanto antes revises tu caso, más opciones tienes.
Preguntas frecuentes
¿Puedo recurrir una simple denuncia?
Sí, en esa fase se llaman "alegaciones" y es el momento ideal para defenderte, antes de que se convierta en sanción firme.
¿Y si ya tengo la multa (resolución) firme?
Aún puedes presentar un recurso de reposición en el plazo de un mes, o recurso de alzada/contencioso según el organismo.
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