Multa por defecto leve o grave en la ITV: Diferencias y cuantías

Introducción: ¿Por qué la ITV genera tantas dudas y sanciones?
La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es uno de los trámites obligatorios más frecuentes para cualquier conductor en España. Sin embargo, también es una de las mayores fuentes de confusión y de sanciones administrativas por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT) y los agentes de la autoridad local o autonómica. Una duda habitual entre los automovilistas es si un defecto leve o un defecto grave detectado durante la inspección conlleva automáticamente una multa de tráfico, y cuáles son las diferencias legales y económicas entre ambas situaciones.
Para entender las consecuencias administrativas y evitar sustos en forma de notificación de sanción, es indispensable acudir a la normativa vigente en materia de tráfico e inspección técnica, encabezada por el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, y el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LTSV). A lo largo de este artículo detallaremos exhaustivamente qué implica cada tipo de defecto, las sanciones asociadas y cómo defender tus derechos si recibes una multa injusta.
Tipos de resultado en la Inspección Técnica de Vehículos (ITV)
Cuando acudes con tu vehículo a una estación de ITV, los inspectores evalúan diferentes elementos de seguridad, emisiones contaminantes y documentación. De acuerdo con el Real Decreto 920/2017, el resultado del informe de inspección se clasifica estrictamente en tres categorías principales:
- Inspección Favorable (con o sin defectos leves): El vehículo cumple con los requisitos mínimos de seguridad y medio ambiente para seguir circulando por las vías públicas.
- Inspección Desfavorable: El vehículo presenta al menos un defecto grave. No está facultado para circular con normalidad, excepto para el desplazamiento directo desde la estación hasta el taller de reparación y la posterior vuelta a la ITV.
- Inspección Negativa: El vehículo presenta al menos un defecto muy grave que supone un riesgo directo e inminente para la seguridad vial o el medio ambiente. El vehículo no puede circular bajo ninguna circunstancia por sus propios medios; debe ser trasladado obligatoriamente en grúa.
¿Qué es un defecto leve en la ITV y te pueden multar por él?
Un defecto leve (DL) es una anomalía detectada durante la revisión que no afecta de manera inmediata a la seguridad del vehículo ni a la de los demás usuarios de la vía, ni tampoco supone un impacto ambiental severo. Ejemplos comunes de defectos leves incluyen la bombilla de la matrícula posterior fundida (siempre que el resto ilumine adecuadamente), un pequeño rasguño no cortante en el parachoques o un leve desgaste en las escobillas del limpiaparabrisas.
La pregunta clave es: ¿Pueden ponerte una multa por llevar un defecto leve en la ITV? La respuesta corta es no por el defecto en sí mismo dentro de la ITV, pero con matices fundamentales:
1. Resultado Favorable con defectos leves: Si el resultado del informe es Favorable, la tarjeta de la ITV se sella y obtienes el distintivo (pegatina V-19). Legalmente estás autorizado a circular. La ley establece que los defectos leves deben subsanarse en un plazo no superior a dos meses, aunque no es necesario volver a la estación de ITV para comprobar su reparación.
2. Riesgo de sanción en carretera: La estación de ITV no imparte sanciones administrativas. Sin embargo, si la Guardia Civil de Tráfico o la Policía Local te detiene en la vía pública y observa un fallo visible (por ejemplo, una luz de cruce fundida o un neumático en mal estado, aunque hubiese sido considerado leve o no estuviera detectado), el agente puede imponerte una multa en virtud del Reglamento General de Vehículos (RGV) por no mantener el coche en perfectas condiciones de circulabilidad. Por lo tanto, no te multan por el informe de la ITV, sino por la infracción detectada en el momento del control.

¿Qué es un defecto grave o muy grave y qué implica?
Un defecto grave (DG) es una deficiencia constatada que disminuye sensiblemente la seguridad del vehículo, altera la protección del medio ambiente o pone en peligro a otros usuarios de la vía. Ejemplos habituales son neumáticos con el dibujo por debajo del límite legal (1,6 mm), fallos en el sistema de frenado, roturas importantes en la suspensión o un exceso considerable de emisiones contaminantes.
Por su parte, un defecto muy grave (DMG) implica un peligro catastrófico e inmediato para la conducción, como la ineficacia total de los frenos de servicio, holguras extremas en la dirección o riesgo inminente de desprendimiento de piezas.
Las consecuencias legales de estos defectos son inmediatas y estrictas:
- Si el resultado es Desfavorable (Defecto Grave): Tienes un plazo máximo de dos meses para subsanar los fallos en un taller y regresar a la ITV para una segunda inspección. Está prohibido circular por la vía pública salvo para el trayecto taller-ITV. Circular para ir al trabajo, de compras o de viaje con la ITV desfavorable constituye una infracción administrativa grave.
- Si el resultado es Negativo (Defecto Muy Grave): Queda inmovilizado el vehículo en la propia estación. Tienes estrictamente prohibido conducirlo, incluso hacia el taller. Debes llamar a la asistencia en carretera para que una grúa traslade el coche. De lo contrario, la sanción aplicable es máxima.
Diferencias clave entre defecto leve y defecto grave en la ITV
A continuación, resumimos de forma clara las diferencias jurídicas y operativas entre ambos tipos de fallos detectados en la inspección técnica:
- Resultado de la inspección: El defecto leve permite obtener el sello de ITV Favorable. El defecto grave inhabilita la inspección y arroja un resultado Desfavorable.
- Permiso para circular: Con defectos leves puedes seguir circulando libremente durante el periodo de validez de la ITV. Con defectos graves solo puedes circular con destino al taller de reparación y de vuelta al centro de inspección.
- Obligación de reinspección: Los defectos leves no requieren volver a la ITV para ser verificados. Los defectos graves exigen obligatoriamente pasar una segunda revisión (generalmente gratuita o a precio reducido si se realiza dentro del plazo legal determinado por la comunidad autónoma).
- Multas asociadas: Circular con ITV Favorable (con o sin defectos leves) es perfectamente legal y no acarrea sanción por el concepto de ITV. Circular con ITV Desfavorable implica una multa de 200 euros. Circular tras un resultado Negativo implica una multa de 500 euros.
Cuantía de las multas de la ITV: De 200 € a 500 €
Para tener una visión precisa del cuadro de sanciones en relación con la Inspección Técnica de Vehículos en España, analizamos los diferentes supuestos sancionadores contemplados por la DGT:
1. Circular con la ITV caducada (200 €)
Si la fecha límite de validez indicada en la tarjeta o informe ha vencido y continúas circulando (o mantienes el coche estacionado en la vía pública), la sanción es de 200 euros (100 euros con pronto pago). Esta infracción está calificada como grave en el artículo 76 de la LTSV. Es importante recalcar que no implica pérdida de puntos del carnet de conducir.
2. Circular con la ITV Desfavorable (200 €)
Si has acudido a la inspección, te han detectado uno o varios defectos graves y circulas fuera de la ruta directa al taller o a la estación de ITV, incurres en una infracción grave. La multa asciende igualmente a 200 euros (100 euros con pago reducido) y no conlleva retirada de puntos.
3. Circular con la ITV Negativa (500 €)
Si el informe decretó un defecto muy grave y decides conducir el vehículo por tus propios medios en lugar de utilizar una grúa, la Ley de Tráfico considera esta conducta como una infracción muy grave. La cuantía fijada es de 500 euros, sin posibilidad de reducción por pronto pago en determinados casos agravados, y sin pérdida directa de puntos salvo que concurra con delitos de conducción temeraria.

4. No llevar la pegatina pegada en el parabrisas (100 €)
La señal V-19 (la famosa pegatina de la ITV) debe colocarse obligatoriamente en el ángulo superior derecho del parabrisas (por el interior). No llevarla colocada habiendo pasado la ITV favorablemente supone una infracción leve contemplada en el Reglamento General de Vehículos, sancionada con una multa de hasta 100 euros (habitualmente 80 euros), aunque no descuenta puntos.
¿Cuándo y cómo se tramita la sanción? Marco legal aplicable
El procedimiento sancionador en materia de ITV viene regulado por la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, y el cuadro sancionador del Real Decreto Legislativo 6/2015 (LTSV). Es fundamental comprender cómo detectan las autoridades estas infracciones:
En la actualidad, la DGT utiliza un sistema automatizado de cámaras de lectura de matrículas (medios de captación de imágenes) instaladas en pórticos de carretera y vehículos patrulla. Estas cámaras cruzaban los datos de las matrículas captadas con el Registro de Vehículos de la DGT en tiempo real. Si el registro indica que el vehículo no tiene la ITV en vigor o está en estado desfavorable, el expediente sancionador se tramita de forma automática a través del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas (Estrada).
Además, los agentes de la Agrupación de Tráfico o de las Policías Locales pueden sancionar al conductor de forma presencial tras darle el alto en un control rutinario o mediante notificación posterior si se encontraba estacionado en la vía pública.
Pasos para recurrir una multa de la ITV con éxito
Recibir una notificación de multa por ITV caducada, desfavorable o por supuestos defectos graves no significa que estés indefenso. Existen diversos motivos legales e inconsistencias formales por las cuales una multa de la ITV puede ser anulada mediante el correspondiente recurso de alzada o alegaciones. A continuación detallamos el procedimiento recomendado:
- Revisar los plazos legales: Tienes un plazo de 20 días naturales desde la notificación para presentar alegaciones o para acogerte al descuento del 50% por pronto pago. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que el recurso debe estar sólidamente fundamentado.
- Verificar la titularidad y el vehículo: Comprueba que los datos de la matrícula, marca, modelo y la ubicación de la presunta infracción coinciden exactamente con la realidad. Errores tipográficos en la matrícula son causa de nulidad de pleno derecho.
- Acreditar cita previa o traslado al taller: Si fuiste multado con la ITV desfavorable o caducada pero puedes demostrar mediante factura de taller o resguardo de cita previa que te dirigías de forma directa a subsanar el defecto o a pasar la inspección, se puede argumentar ausencia de dolo y cumplimiento del fin perseguido por la norma.
- Solicitar la calibración de las cámaras: Si la multa proviene de un radar o cámara de lectura de matrícula, se puede exigir la prueba de certificación y homologación de dichos equipos de captación de imágenes.
- Revisar la caducidad del procedimiento: Conforme a la Ley 39/2015, la Administración dispone de plazos estrictos para notificar las resoluciones. La prescripción de la infracción o la caducidad del expediente sancionador son motivos habituales de cancelación del expediente.
Preguntas frecuentes sobre las multas de la ITV
¿Pueden multarme por tener la ITV caducada si el coche está aparcado en la calle?
Sí, rotundamente. La obligación de mantener la ITV al día recae sobre todo vehículo matriculado y dado de alta en el Registro de Vehículos, independientemente de que esté circulando o estacionado en la vía pública. Solo los vehículos dados de baja temporal o definitiva en la DGT están exentos de pasar la ITV.
Si la ITV me sale desfavorable por un defecto grave, ¿cuánto tiempo tengo para ir al taller?
Dispones de un plazo máximo de dos meses para reparar el vehículo y volver a presentar el coche a la inspección. Sin embargo, este plazo no te autoriza a usar el coche libremente: solo puedes conducirlo para ir al taller y a la estación de ITV.

¿Me quitan puntos del carnet de conducir por circular sin la ITV o con defectos graves?
No. Ninguna infracción directamente relacionada con la ITV (ya sea caducada, desfavorable o negativa) lleva aparejada la pérdida de puntos del permiso de conducir en la legislación española actual.
¿Un defecto leve me obliga a volver a pasar la ITV?
No. Si el resultado final es Favorable con defectos leves, no tienes que volver a la estación de ITV. No obstante, estás obligado por ley a reparar dichos defectos antes de la siguiente inspección periódica.
¿Qué ocurre si se me pasa el plazo de dos meses para subsanar un defecto grave?
Si superas el plazo de dos meses sin presentar el vehículo a la segunda inspección, la estación de ITV enviará una notificación a la Jefatura Provincial de Tráfico proponiendo la baja de oficio del vehículo. Además, si acudes más tarde, la estación podría exigirte realizar una inspección técnica completa abonando la tarifa íntegra nuevamente.
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