Uso de drones por la DGT para vigilar el tráfico: legalidad y cómo se notifica una sanción

Desde hace varios años, la DGT emplea drones (Pegasus) en operativos especiales para detectar infracciones que un radar fijo difícilmente puede captar: uso del móvil, no llevar el cinturón, adelantamientos indebidos o circular por el arcén.
Marco legal del uso de drones
El empleo de aeronaves no tripuladas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se ampara en la normativa general de tráfico y en la regulación de aeronaves civiles pilotadas por control remoto, respetando los protocolos de AESA.
Qué pueden grabar y qué no
El operativo se centra en captar imágenes de vehículos en circulación desde una altura que permita identificar la matrícula y la conducta infractora. No está permitido usarlo para grabar de forma sistemática el interior de vehículos con fines distintos a la infracción concreta.
Cómo se notifica una sanción detectada por dron
El agente en tierra que recibe la imagen debe formalizar la denuncia igual que en cualquier otro procedimiento, adjuntando la fotografía o fotograma como prueba.
Motivos de recurso específicos
- Falta de nitidez en la imagen para acreditar sin duda razonable la infracción.
- Ausencia de identificación clara de la matrícula en el fotograma.
- Falta de acreditación de autorización de vuelo válida para esa zona y fecha.
Preguntas frecuentes
¿Necesita la DGT mi consentimiento para grabarme con un dron?
No, al tratarse de una actuación de vigilancia del tráfico en vía pública, no se requiere consentimiento individual.
¿Puedo pedir el vídeo completo del dron, no solo la foto?
Sí, puedes solicitar el material audiovisual completo en el que se basa la denuncia.
¿Tu multa se parece a esta?
Súbela y te decimos gratis si es recurrible. Solo pagas si es viable.
Analiza tu multa gratis →

Comentarios 0