Alegaciones o recurso de reposición: cuál presentar y cuándo

Al recurrir una multa aparecen dos escritos que se confunden: las alegaciones y el recurso de reposición. No son lo mismo y se presentan en momentos distintos.
Las alegaciones
Son tu primera defensa, dentro del procedimiento sancionador y en los 20 días siguientes a la notificación. Con ellas expones por qué la multa no procede antes de que sea firme.
El recurso de reposición
Se presenta después, cuando ya hay una resolución firme, en el plazo de un mes desde su notificación. Es tu última bala en vía administrativa antes de la judicial.
¿Cuál me toca?
- Si acabas de recibir la denuncia y aún no hay resolución → alegaciones.
- Si ya te han resuelto y la sanción es firme → recurso de reposición.
Consejo
Sea cual sea, el motivo tiene que estar bien fundamentado. Un escrito genérico o fuera de plazo se desestima. Si dudas, súbela y te decimos gratis qué toca.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar los dos?
No a la vez: primero alegaciones y, si no prosperan y la sanción es firme, el recurso de reposición.
¿Tengo modelos?
Sí, tenemos plantillas gratis de alegaciones y de recurso de reposición para copiar y rellenar.
¿Tu multa se parece a esta?
Súbela y te decimos gratis si es recurrible. Solo pagas si es viable.
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